La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite a personas sobre-endeudadas obtener una segunda oportunidad para volver a ponerse en pie. Si bien puede ser una solución útil para muchos, no es muy conocida en España, mientras que en otros países de Europa y Estados Unidos se ha venido aplicando desde hace años.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo que permite a los deudores, particulares o autónomos, que han caído en la bancarrota o en situaciones financieras difíciles obtener una segunda oportunidad para volver a empezar. La Ley de Segunda Oportunidad está regulada por la Ley 16/2022, del 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal y ofrece una solución para aquellos que se encuentran en situación de insolvencia.
¿Qué beneficios ofrece?
La Ley de Segunda Oportunidad ofrece una variedad de beneficios, como la eliminación de la mayoría de las deudas, una reducción de los pagos mensuales y una protección de los activos. La reforma de la Ley concursal de 2022, permite además acogerse a la LSO sin arriesgar el patrimonio, permitiendo así que el deudor conserve su vivienda habitual y sus activos empresariales.
Entre otras ventajas de las que pueden disfrutar la personas que se acojan a esta ley, están:
- Posibilidad de conseguir entre un 75% y 100% de rebaja de la deuda en el Concurso de Acreedores
- Levantamiento de embargo sobre la vivienda, vehículos y demás activos para poder venderlos o desinvertir
- La unidad familiar tiene a su disposición un derecho de alimentos para satisfacer sus necesidades y siempre igual o por encima del mínimo inembargable que establece la Ley
- Ganan tiempo para entre otras cosas poder vender activos y evitar una ejecución generalizada
- Se paralizan los intereses de las deudas, excepto los que gocen de garantías hipotecarias
- La paralización de Embargos y Ejecuciones de acreedores
- Se suspende el pago de las deudas anteriores a la declaración del Concurso
- Se pueden proponer quitas para rebajar la deuda
Además de los beneficios que derivan del hecho de cancelar sus deudas, como salir de los ficheros de morosos, dejar de recibir llamadas de acreedores y reincorporarse al sistema financiero.
¿Qué requisitos debo cumplir para acogerme a esta ley?
Para optar por esta ley, el deudor debe cumplir una serie de requisitos que tienen como objetivo verificar y demostrar que actúa de buena fe. Para ampararse en la ley de la segunda oportunidad se tendrá en cuenta lo siguiente:
- No haber sido condenado por delitos socioeconómicos, patrimoniales o de falsedad documental en los 10 años anteriores
- Que el concurso no sea culpable, es decir, que la situación de insolvencia no se ha producido mediando dolo o culpa grave
- Que no ha mentido sobre la situación de insolvencia y no ha ocultado documentación relevante para el procedimiento
- Que no se ha acogido a este procedimiento en los últimos 5 años
- No superar los cinco millones de euros de deuda
¿Quién puede solicitar la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad está disponible para todas las personas que cumplan con los requisitos. Esto incluye personas físicas o jurídicas, es el caso de los autónomos, que se encuentren en situación de sobre endeudamiento y se declare insolvente.
Puede acogerse al mecanismo de Segunda Oportunidad, todo aquel que se encuentre en situación de insolvencia o incluso cuando prevea que va a ser incapaz de hacer frente a sus deudas en un futuro cercano.
¿Cómo se solicita la Ley de Segunda Oportunidad?
Para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad, se debe presentar una solicitud al notario, en el caso de que sea una persona física, o al Registro Mercantil, si se trata de un autónomo o empresario.
El contenido de la solicitud debe ser detallado y claro para informar muy bien sobre la situación personal que se atraviesa, así como de las deudas e ingresos con los que se cuenta. Por ello será necesaria la aportación de bastante documentación.
Elaborar bien esta solicitud es muy importante, puesto que si no se realiza correctamente ni con toda la información puede dar lugar a que se inadmita, de manera que no se podría acoger a la Segunda Oportunidad.
En concreto, en la solicitud se deberá indicar, además de que efectivamente se cumplen los requisitos para poder acogerse a la segunda oportunidad, los siguientes conceptos:
- El tipo de insolvencia que atraviesas.
- Los hechos de los que deriva tu situación de insolvencia.
- El importe global aproximado de las cantidades que adeudas.
- La estimación de los bienes y derechos que tienes.
- Si se ha producido alguna de las siguientes situaciones:
- Que cuentes con un acuerdo extrajudicial de pagos con tus acreedores
- Que cuentes con un acuerdo extrajudicial de refinanciación homologado
- Que, en los últimos 5 años, te hayas sido declarado en concurso de acreedores.
- Si, en el momento que realizas la solicitud, estás negociando con los acreedores
- El inventario de bienes y derechos
- Las cuentas bancarias de las que se es titular y los correspondientes certificados de la entidad bancaria
- El capital mobiliario que tienes y los correspondientes certificados de la entidad bancaria
- Los bienes inmuebles de los que se es titular
- Los bienes muebles de los que se es titular
- Una relación de todos los acreedores, en donde se detallen todos los datos relativos a las deudas con cada uno de ellos, incluyendo fechas de vencimiento, obligaciones (también las recíprocas) y demás conceptos a tener en cuenta, así como las especialidades de dichas deudas, e igualmente, una relación de los créditos que dispongan de hipoteca o garantías reales
- La relación de los contratos en vigor
- La relación de gastos mensuales que se prevea
- Los trabajadores que tenga a su cargo, en su caso
En consecuencia, observando la extensión y complejidad del contenido, es crucial estar bien asesorado por profesionales como los de Kubo Legal para evitar que la información, datos y documentos que se aportan con la solicitud resulten insuficientes, de manera que pueda dar lugar al rechazo o inadmisión.
Documentación necesaria
Para cancelar las deudas por la Ley de Segunda Oportunidad, se deben presentar los siguientes documentos que permitirán al juez conocer la situación financiera del deudor: justifica ingresos, deudas y activos.
- El certificado de rentas
- El certificado relativo a la presentación del Impuesto de Patrimonio, en su caso, con relación a los últimos cuatro ejercicios tributarios
- Las últimas tres nóminas recibidas
- Un certificado en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo
- Un certificado acreditativo de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales
- Si se es autónomo, y se estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad, el certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida
- La declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse situados en el umbral de exclusión según el modelo aprobado por la comisión constituida para el seguimiento del cumplimiento del Código de Buenas Prácticas, cuando la vivienda habitual del deudor se encuentra gravada con un derecho real de hipoteca
- El certificado de pensión de jubilación
- Las cuentas anuales correspondientes a los tres últimos ejercicios, en caso de que se estuviera obligado a llevar contabilidad
- Para los bienes inmuebles, los certificados de dominio y cargas o gravámenes expedidos por el Registro de la Propiedad, así como las escrituras de compraventa de la vivienda habitual y de constitución de la garantía hipotecaria y otros documentos justificativos, en su caso, del resto de las garantías reales o personales constituidas, si las hubiere
- Anexo adjunto con la descripción de cada bien mueble, identificando respecto de cada bien, su tipo, nº de matrícula o registro y fecha de adquisición.
- El contrato original o copia autorizada de la escritura de constitución de las garantías o certificación registral de inscripción en el caso de la hipoteca.
- La relación de los contratos en vigor y la copia original de los mismos o, en su defecto, copia fehaciente.
¿Qué pasa si mi solicitud de ley de segunda oportunidad es denegada?
Si la solicitud de ley de segunda oportunidad es denegada, significa que no se ha cumplido con los requisitos exigidos. Esto significa que habrá que encontrar otras formas de lidiar con las deudas, como negociar con los acreedores, solicitar un préstamo o buscar ayuda financiera. En cualquier caso, nuestros abogados pueden ayudarte también en este sentido.
En Kubo Legal ofrecemos servicios de mediación para renegociar con los acreedores. Igualmente podemos diseñar un plan de ahorro para liquidar las deudas con descuentos hasta el 50%.
Es importante recordar que la Ley de Segunda Oportunidad no es la única solución para cancelar deudas.
Conclusión
En conclusión, si estás pensando en presentar una solicitud para acogerte a la ley de segunda oportunidad, es muy recomendable que contactes con abogados expertos en deuda para que puedan asesorarte para encontrar la mejor solución en tu situación personal.
En Kubo Legal, podemos brindarte asesoramiento gratuito sin compromiso. Llama ahora al 912 912 327 para que analicemos tu caso.