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Arraigo para la Formación y Estancia por estudios

El arraigo para la formación y la Estancia por Estudios son dos modalidades para la obtención de la residencia legal en España, dirigidas a extranjeros que quieran formarse y trabajar. Te explicamos las diferencias clave para que sepas si alguna encaja con tu situación.

¿Qué es el arraigo para la formación?

El arraigo por formación es una nueva autorización que permite obtener un permiso de residencia legal en España. Aquellos que soliciten esta autorización deben comprometerse a realizar un programa de formación. Esta medida busca facilitar la incorporación al mercado laboral de personas con la formación necesaria para cubrir diversos puestos de trabajo, al mismo tiempo que combate la contratación irregular y precaria de extranjeros.

A través del arraigo por formación, los extranjeros obtendrán una autorización de residencia válida por un año, la cual podrá ser prorrogada. En caso de que la formación supere los 12 meses de la solicitud inicial o no se haya podido completar en ese período, se podrá solicitar una prórroga de hasta un año adicional.

 

Requisitos para solicitar el arraigo para la formación

Para solicitar el Arraigo por Formación en España, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni ser familiar de ciudadanos de estos países.

  2. No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen, ni en los países donde se haya residido en los últimos cinco años.

  3. No tener prohibido entrar en España ni estar catalogado como rechazable en países con los que España tenga un convenio en este sentido.

  4. No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, en caso de haber retornado voluntariamente al país de origen.

  5. Haber permanecido de forma continua en España durante al menos dos años antes de solicitar la autorización. Se considera una permanencia continua si las ausencias no han superado los 90 días en los últimos dos años.

  6. Comprometerse a realizar una formación

  7. Matricularse en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.

  8. Pagar la tasa correspondiente por el trámite del procedimiento. Es importante destacar que la clave para acceder a este permiso de residencia es la permanencia en España durante dos años y el compromiso de realizar una formación durante la vigencia del Arraigo para la Formación. La tarjeta de residencia estará vinculada a la formación y podrá tener una validez de un año, con posibilidad de prórroga por otros 12 meses si la formación se extiende más allá de ese período.

 

¿Qué tipo de formación o cursos son válidos?

Según la normativa del Ministerio de Inclusión y Migraciones se deberá “realizar una formación reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo”.

Estos son las formaciones válidas según las Instrucciones SEM 1/ 2022 :

  1. Formación reglada del Sistema de Formación Profesional, que incluye los certificados de profesionalidad.

  2. Formación que conduce a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para ejercer una ocupación específica.

  3. Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo.

  4. Formación en el ámbito de la formación permanente de las universidades, como cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades.

  5. Otras enseñanzas propias de formación permanente.El primer paso para solicitar el Arraigo para la formación es buscar un curso que se adapte a tus intereses, gustos y habilidades, esta decisión depende del alumno. Hay que tener en cuenta que no todos los cursos son válidos, por lo que hay que escoger la formación correcta.

En Kubo Legal te ayudamos a encontrar el curso perfecto para ti. Tenemos un convenio con una escuela de formación y nos hemos centrado en escoger cursos adaptados al mundo laboral que te permitirán obtener un certificado de profesionalidad en áreas como: Comercio, Hostelería, Turismo... y muchos más. Todos ellos con una alta tasa de empleabilidad. Llámanos para informarte… ¡el próximo curso empieza el 15 de mayo!

 

Proceso para obtener el arraigo para la formación

Pasos para solicitar el arraigo por formación

  1. Busca un curso que se ajuste a tus intereses y habilidades, y que esté incluido en los requisitos del arraigo para la formación. Asegúrate de que el curso tenga un plazo razonable de matriculación y que te brinde perspectivas de acceso a un trabajo en el futuro.

  2. Puedes solicitar el arraigo de manera telemática o presencialmente en la Oficina de Extranjería que corresponda según su domicilio. Asegúrate de tener todos los documentos vigentes y en regla. Rellena el formulario oficial (Modelo EX-10) y adjunta las pruebas de tu residencia de 2 años.

  3. Una vez recibas una respuesta positiva de la oficina de extranjería, matricúlate en el curso dentro de un plazo de 3 meses y comunícalo a la oficina. A partir de la fecha de la respuesta, obtendrás un permiso de residencia válido por 1 año.

  4. ¡A estudiar! Realiza el curso en el que te has matriculado. Si la duración del curso es superior a 1 año, puedes solicitar a la oficina de extranjería que renueven tu arraigo para la formación por 1 año adicional.

¿Y qué pasa después?

Una vez hayas finalizado la formación y antes de que caduque tu permiso de trabajo, busca una oferta de trabajo que cumpla con el Salario Mínimo Interprofesional y podrás solicitar una Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta ajena.

 

¿Qué es la estancia por estudios?

La Autorización de Estancia por Estudios es un permiso que para extranjeros, que permite permanecer en España por más de noventa días con el propósito de realizar o ampliar estudios en un centro educativo autorizado.

Este programa de estudios debe ser a tiempo completo y conducir a la obtención de un título o certificado de estudios reconocido.

Requisitos de la estancia por estudios

  1. No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países.

  2. No tener prohibida la entrada en España y no estar catalogado como rechazable en países con los que España tenga un convenio en este sentido.

  3. Contar con medios económicos suficientes para cubrir los gastos de estancia y regreso, tanto para el estudiante como para sus familiares.

  4. Contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.

  5. En el caso de estudiantes menores de edad que no viajen acompañados por sus padres o tutores, se requerirá una autorización de estos, junto con la constancia del centro, organización o entidad responsable de la actividad y el período de estancia previsto.

  6. Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España para realizar un programa a tiempo completo que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

¿Puedo trabajar con la tarjeta de estudiante?

Los titulares de una autorización de estancia por estudios, tienen la autorización para trabajar tanto por cuenta propia como ajena, siempre y cuando esta actividad laboral sea compatible con la realización de sus estudios. En estos casos los estudiantes no necesitan solicitar una autorización de trabajo y pueden trabajar hasta 30 horas a la semana.

Una de las ventajas de esta estancia por estudios en España, es que los estudiantes con esta autorización no tienen que esperar los 3 años de estancia en España para cambiar a un permiso de residencia y trabajo. Pueden hacerlo después de un año de haber finalizado sus estudios.

Pero eso no es todo, otra ventaja que debes tener en cuenta es si como estudiante has trabajado de manera regular durante tu estancia por estudios, puedes solicitar un permiso con derecho a una de residencia y trabajo bajo el supuesto de Arraigo Laboral.

 

Diferencias entre arraigo para la formación y estancia por estudios:

El arraigo para la formación y la estancia por estudios son dos modalidades diferentes de permisos de residencia para extranjeros. Aunque ambos están relacionados con la formación y los estudios, existen algunas diferencias clave entre ellos:

  • El arraigo para la formación está diseñado para personas extranjeras en situación irregular en España que desean regularizar su situación a través de la formación. Por ese motivo, debes acreditar tu continuidad en España durante un periodo de dos años. Este permiso permite vivir legalmente en el país durante un período determinado, siempre y cuando te comprometas a realizar un proceso de formación o estudios específicos. Además, a través del arraigo para la formación podrás obtener un permiso de trabajo cuando finalices tus estudios.

  • Por otro lado, la estancia por estudios se refiere a una autorización que permite a los extranjeros permanecer en España por un período determinado, para realizar o ampliar sus estudios en un centro educativo autorizado. Esta autorización no está vinculada directamente a la regularización de la situación migratoria, pero tiene numerosas ventajas durante el periodo de estudio, ya que están autorizados a realizar actividades laborales.

Asesórate por expertos en extranjería

Obtener el Arraigo por Formación o solicitar la estancia por estudios son procesos en los que debes cumplir con una serie de requisitos y presentar documentación precisa y adecuada. Para realizar estos trámites de manera eficiente y asegurarte de cumplir con todos los requisitos, es recomendable contar con la ayuda de un experto en el tema.

En Kubo Legal, somos especialistas en trámites de extranjería y derecho migratorio y podemos brindarte la asesoría necesaria para obtener el Arraigo por Formación en tan solo cuatro semanas. Además, podemos orientarte sobre las opciones de formación que mejor se ajusten a tus necesidades y cumplan con las condiciones establecidas en la normativa.

Igualmente, si lo que necesitas es tramitar tu estancia por estudios, podemos ayudarte. Incluso si todavía te encuentras en tu país de origen y quieres venir a España de forma legal.

No pierdas la oportunidad de formarte y obtener el permiso de residencia y trabajo que te abrirá las puertas a puestos de trabajo más cualificados. ¡Llama ahora al 919 546 500! Resolveremos todas tus dudas.

Redactado por uno de nuestros especialistas
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