Exoneración de deudas bancarias

Exoneración de deudas bancarias

Desde que comenzó la crisis económica, afectó fuertemente la economía tanto de empresarios como de autónomos. Dada la grave situación de endeudamiento en la que se encontraban tantos españoles, en 2015 se aprobó la denominada Ley de la Segunda Oportunidad para la exoneración de deudas bancarias. Veamos cómo funciona a continuación. ¡Empecemos!

 

¿Qué es la exoneración de deudas bancarias?

Antes de la aprobación de la Ley de la Segunda Oportunidad 25/2015, solo las personas jurídicas contaban con un mecanismo para la exoneración de deudas, mientras que por otro lado, las personas físicas, se veían obligadas a responder íntegramente por sus deudas mediante sus bienes (casas, negocios, coches) tanto presentes como futuros.

En la actualidad, a través de la Ley de Segunda Oportunidad (o LSO) los particulares y autónomos que se encuentren en quiebra después de emprender, tienen la oportunidad de poner fin a su situación de endeudamiento.

Se trata de un sistema sencillo pero que exige cumplir con una serie de requisitos para poder acogerse a la exoneración. Por un lado, es necesario que se intente alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Dicha negociación se realiza bajo la tutela de un juez y lo normal es que llegue a un pacto por el que el deudor se compromete a liquidar sus bienes y pagar las deudas hasta donde alcancen los activos o bien un calendario de pagos, de manera que se produzca un aplazamiento a la hora de proceder al pago de las deudas. Es habitual que en esta fase de negociaciones tome parte un mediador concursal para ayudar a alcanzar un acuerdo.

 

Cómo exonerar las deudas cuando no hay un acuerdo extrajudicial

Cuando finaliza la fase de negociación extrajudicial, si las partes no consiguen llegar a un acuerdo, tanto el mediador como el deudor pueden solicitar ante el juez el concurso de acreedores voluntario. Sin embargo, el juez solo procederá a exonerar las deudas en caso de que se determine que la persona deudora carece de activos para seguir pagando y que ha obrado siempre de buena fe.

Así, si se cumplen los requisitos, el deudor queda exonerado del pago de sus deudas. Aun así, la exoneración no se aplica a la totalidad de las deudas, sino que la propia ley contempla dos excepciones:

  • Los créditos de derecho público
  • Las deudas por la obligación de alimentos

En otras palabras, las deudas contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Además, vale mencionar que quedará constancia de la exoneración en el Registro Público Concursal durante los siguientes cinco años.

Es importante tener en cuenta que las deudas no desaparecen de manera definitiva. La ley ampara a los acreedores y, por lo tanto, les concede la posibilidad de solicitar la revocación de la exoneración concedida cuando se demuestre que el deudor ha obrado de mala fe o cuando ha estado cobrando dinero en negro para evadir el pago de las correspondientes deudas. Esta posibilidad carece de límite temporal, por lo que los deudores podrán solicitar la revocación en cualquier momento.

¿Y la exoneración de deudas bancarias?

Grosso modo, sí se puede lograr la exoneración de deudas bancarias. Liberarse de un préstamo o una deuda si se dan una serie de condiciones es posible. Cuando el acreedor considera que la administración de la deuda es más elevada que el beneficio a recibir, se puede exonerar una deuda bancaria:

Por ejemplo, un banco canadiense llamado Chase Bank exoneró todas las deudas de su cartera de tarjetas de crédito porque el acreedor consideró que el cobro por la deuda es más elevado que el balance adeudado. En este caso la cuenta pasa a clasificarse como una pérdida.

En caso de que el acreedor llegue a un acuerdo con el deudor para condonar parte de la deuda, lo más habitual es perdonar también los intereses adeudados. Eso quiere decir que el acreedor puede llegar a un arreglo con el deudor para exonerar parte de la deuda (como hipotecas), por lo general, esto sucede cuando se realiza la venta de la propiedad a un balance menor que la deuda

Si un tribunal ordena la condonación de una parte o la totalidad de la deuda, el acreedor está obligado a cumplir con la sentencia del tribunal.

Los pagos quedarán perdonados. Sin embargo, si el deudor fue engañado o manipulado de alguna manera, un tribunal podrá dictar sentencia para que este no deba pagar ninguna parte de la deuda. Llegados a este punto no existirá ningún tipo de consecuencia posterior para el deudor.

 

¿Hay alguna consecuencia después de que el banco exonere una deuda?

Solo en casos de excepción como que el deudor fuera engañado o que sea la propia entidad bancaria quien por alguna razón decida hacerlo, sí puede haber consecuencias. La condonación de una deuda puede tener consecuencias para la persona a quien se le perdona el deber.

Normalmente, estas consecuencias están ligadas al reporte de crédito y aspectos contributivos. Por eso, no conviene pedir créditos a la ligera, dado que en algunos casos se consigue la exoneración de las deudas, pero nadie puede garantizar que así sea.

Por otro lado, acogerse a normativas de exoneración y reestructuración de deudas puede ocasionar que el deudor pierda parte de sus bienes, por esa razón se deben tener en cuenta muchos aspectos a la hora de solicitar crédito.

 

Optar por la Ley de Segunda Oportunidad para la exoneración de deudas bancarias

Como mencionamos anteriormente, la Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento extrajudicial que pueden aprovechar personas naturales y empresas, para reducir sus deudas, incluidas aquellas contraídas o existentes con el banco.

Esta solución tiene una serie de requisitos y una figura clave que es la de mediador concursal, por lo que los caminos hacia los que puede dirigirse son varios. En resumen, las dos opciones más frecuentes para solucionar deudas bancarias por esta vía son las siguientes:

  • Un plan de pagos realista de las deudas no exoneradas
  • Exoneración de todas las deudas

Esto lo dictamina el juez y dependerá de si se cumplen con todos los requisitos.

Para la exoneración de deudas bancarias otra solución con la que es posible hacer frente a dichas deudas es lo que se denomina «reestructuración». Reestructurar las deudas bancarias consiste en unificar todos los productos financieros todavía cuyo pago todavía no se ha satisfecho y unificarlos en un único crédito.

Para hacerlo, hay que reunirse con la entidad bancaria, plantear la situación y ver los pasos necesarios para conseguir esta reestructuración de la deuda. Este proceso requerirá modificar los plazos de devolución del dinero, así como también la tasa de interés de todo el importe debido. Hay que prestar atención también a no incurrir en incumplimientos de las condiciones asociadas a cada uno de los productos financieros que son reestructurados.

Esta solución ofrece muchos beneficios, pero la mayor de todas es que se puede negociar con el banco un plan de pagos realista, en base a los ingresos estimados y con el que se adquiere un compromiso de devolución asumible.

También, es una medida óptima para evitar incurrir en impagos en la situación de deuda actual y, en consecuencia, a tener que hacer frente también a los correspondientes intereses por demora.

 

¿Cuándo prescribe una deuda bancaria?

A pesar de que las deudas bancarias prescriben, el plazo es diferente, en función del tipo de deuda que sea, así como de ciertos condicionantes que pueden condicionarla. Generalmente, una deuda que no tiene un plazo concreto especificado, prescribe a los 5 años, en base a lo expuesto en la Ley 42/2015, de 5 de octubre, que representa una reforma de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Los préstamos personales entran dentro de esta prescripción a los 5 años, incluyendo las deudas por tarjetas de crédito. Sin embargo hay excepciones. Las deudas anteriores al 6 de octubre de 2015 mantendrán la prescripción anterior a la Ley de 15 años. No obstante, ninguna podrá exceder de los 5 años desde la aprobación de esta Ley. Es decir, que esas deudas también estarán prescritas a partir del 6 de octubre de 2020.

Por último se encuentran las deudas hipotecarias, que tienen un plazo de prescripción de 20 años, periodo en el que la entidad financiera puede reclamar legalmente en caso de impago.

Hoy en día, a través de la Ley de Segunda Oportunidad, los particulares y autónomos que tienen deudas de proyectos empresariales fallidos o que hayan llegado a una situación insostenible por sobreendeudamiento personal, tienen la oportunidad de poner fin a su situación de endeudamiento.

Veamos los requisitos para poder acogerse a la exoneración con la Ley de la Segunda Oportunidad:

  1. La deuda no debe superar los 5.000.000 €
  2. No tener antecedentes penales por los siguientes tipos de delitos:
    • delitos contra el patrimonio
    • delitos contra el orden socioeconómico
    • delitos de falsedad documental
    • delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social
    • delitos contra los derechos de los trabajadores
  3. Haber intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores, antes de acudir al concurso.
  4. No ser declarado culpable en el concurso de acreedores. Es decir, el juez no debe considerar que la insolvencia haya sido provocada adrede por el propio deudor.
  5. No haber obtenido el beneficio de la Ley de Segunda Oportunidad en los diez años anteriores.
  6. Si se cumplen estos requerimientos, el deudor quedará liberado del pago de las deudas y podrá volver a empezar desde cero.

Fases de la Ley de Segunda Oportunidad para la exoneración de deudas bancarias

  • Acuerdo Extrajudicial de Pagos. En ella se intenta llegar, de una forma ordenada y con la ayuda de un mediador, a un acuerdo de pago del deudor con sus acreedores.
  • Concurso Consecutivo. Si se llega a esta fase (por fracaso de la anterior), el deudor generalmente deberá liquidar parte de su patrimonio para saldar sus deudas.
  • Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Llegados a este punto, el juez puede llegar a cancelar por ley aquellas deudas pendientes que el deudor no puede pagar, si se cumplen ciertos requisitos.

Aspectos a valorar:

  • Los autónomos son uno de los principales colectivos que más se pueden beneficiar de la Ley de la Segunda Oportunidad. Pueden acogerse a ella y liquidar buena parte de sus deudas.
  • La Ley cita de forma clara que se deberá liquidar el patrimonio del deudor para conseguir el perdón de las deudas. Sin embargo, existen sentencias que han permitido mantener la vivienda habitual. La Ley también permite mantener a los autónomos el patrimonio necesario para la realización de su actividad empresarial. Por ejemplo, en el caso de un mecánico, este podría mantener el taller, o un repartidor podría conservar su furgoneta de reparto.
  • Con la Ley de la Segunda Oportunidad, se puede eliminar el nombre de los ficheros de morosos.
  • El tiempo que debe transcurrir hasta el perdón de las deudas dependerá de cada caso e irá en función entre otros del juzgado, sin embargo, según nuestra experiencia se tarda entre uno y dos años.
  • Desde el momento en el que empieza el procedimiento, los embargos quedan quietos, incluyendo los de tus cuentas bancarias. Por lo tanto, se dispondrá de nuevo de todo el sueldo.
  • Uno de los objetivos principales de la Ley de la Segunda Oportunidad es permitir a todas las personas que actualmente se ven obligadas a trabajar en la denominada “economía sumergida” vuelvan a incorporarse en el mercado laboral sin miedo a tener embargos de ningún tipo y volver a tener una vida normal.
  • En cuanto a la posibilidad de firmar algún acuerdo con los acreedores, ese es el primer paso en el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad: intentar llegar a un acuerdo entre las partes. En todo caso, siempre dependerá de la naturaleza de los acreedores, los bienes del deudor, así como de la quita (descuento) y espera (plazo de pago) que se quiera plantear.
  • La Ley de la Segunda Oportunidad fue aprobada en el año 2015 por el Parlamento Español. Hasta el momento miles de personas se han acogido a ella.
  • Es una Ley que existe en muchos países de Europa, siendo España uno de los últimos países en aprobar una Ley de este tipo.
  • Es una normativa donde intervienen abogados, mediadores, administradores concursales, notarios y jueces.

En conclusión, se trata de un procedimiento legal, perfectamente estructurado donde se deben cumplir una serie de requisitos, etapas y procedimientos para la adecuada exoneración de deudas bancarias.

 

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Julia
Bendiciones
2023-01-10 13:06:13