
Duración mínima:
superior a 90 días.
El Arraigo Sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales destinada a personas extranjeras que han permanecido en España durante al menos dos años y pueden acreditar una relación laboral. Esta figura legal permite regularizar la situación administrativa de quienes han establecido vínculos laborales en el país.
Esta nueva figura entró en vigor el 20 de mayo de 2025, con la reforma del Reglamento de Extranjería, y representa una importante novedad legal, ya que flexibiliza los requisitos en comparación con otras modalidades de arraigo anteriores, especialmente el arraigo social.
Tradicionalmente, la vía más utilizada para regularizarse con un contrato de trabajo era el arraigo social, que exigía tres años de permanencia continuada en España, además de otros requisitos como el controvertido informe de integración. En cambio, el nuevo arraigo sociolaboral
Para acceder a esta autorización, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Para tramitar con éxito la solicitud del arraigo sociolaboral, es fundamental presentar una serie de documentos que acrediten tanto tu estancia en España como la relación laboral mantenida. A continuación, te detallamos la documentación obligatoria según el Reglamento de Extranjería en vigor desde mayo 2025:
El proceso de solicitud del arraigo sociolaboral sigue una serie de pasos que deben cumplirse de forma ordenada y rigurosa. Con la actualización normativa puesta en vigor en 2025, se ha reforzado la transparencia del procedimiento, facilitando en algunos casos la vía judicial para acreditar la relación laboral. Estos son los pasos clave:
Antes de iniciar el trámite, asegúrate de tener todos los documentos actualizados y completos. La ausencia de cualquier requisito puede conllevar la inadmisión o denegación de la solicitud.
La solicitud se presenta de forma presencial o telemática ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde estés empadronado. Actualmente, la vía telemática a través de Mercurio (si se cuenta con certificado digital) es la más recomendada por su rapidez.
Si trabajaste de forma regular, se adjunta contrato o sentencia que reconozca la relación.
Si trabajaste sin contrato, deberás haber denunciado la situación y presentar el acta de la Inspección de Trabajo o resolución judicial que reconozca la relación laboral encubierta.
La Oficina de Extranjería evaluará:
- El cumplimiento de los requisitos (tiempo de estancia, documentación laboral...).
- La existencia y validez de la relación laboral.
- Que no existan antecedentes penales ni causas de denegación por motivos de orden público.
- La resolución debe ser dictada en un plazo de 3 meses, ante lo cual opera el silencio administrativo negativo (en algunas comunidades la resolución puede demorar un plazo mayor).
Una vez concedida la residencia, deberás solicitar cita para obtener tu TIE en la comisaría de Policía Nacional correspondiente.
Transcurrido el año, podrás renovar la autorización siempre que:
- Continúes residiendo en España.
- Tengas medios económicos o un nuevo contrato de trabajo.
El nuevo Reglamento de Extranjería ha clarificado los criterios relativos a los contratos de trabajo válidos para acreditar la existencia de una relación laboral en el contexto del arraigo sociolaboral. A continuación, te explicamos qué tipos de contrato son aceptados y bajo qué condiciones:
Contratos de duración determinada o temporal
- Se admiten siempre que su duración individual o acumulada sea superior a 90 días.
- Se valorará positivamente la concatenación de varios contratos temporales, siempre que exista continuidad y se cumpla el requisito de duración mínima.
Contratos fijos-discontinuos
- Son válidos siempre que puedan probar una relación laboral efectiva y continuada en el tiempo.
- Deben reflejar claramente el número de jornadas trabajadas y el salario percibido.
Contratos de sustitución
- También son admitidos, siempre que la duración del contrato supere los 90 días.
- Será fundamental demostrar que durante dicho período se ha mantenido una relación laboral efectiva y remunerada.
Concatenación de contratos
La suma de varios contratos (temporales, fijos-discontinuos o de sustitución) será válida siempre que en conjunto cumplan los requisitos de jornada y duración.
Duración mínima:
superior a 90 días.
Jornada laboral: el contrato, o la suma de todos ellos, debe garantizar una jornada semanal mínima de 20 horas en cómputo global.
Retribución: la remuneración debe ser equivalente, al menos, al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o al salario fijado por el convenio colectivo aplicable.
La autorización de residencia por Arraigo Sociolaboral tiene una duración inicial de un año. Al término de este período, se puede solicitar la renovación, siempre que se continúen cumpliendo los requisitos establecidos.
En Kubo Legal, contamos con un equipo de abogados especializados en Derecho de Extranjería que te asesorarán y acompañarán en todo el proceso de solicitud del Arraigo Sociolaboral. Nuestro objetivo es facilitar tu regularización en España de manera eficiente y segura.
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