Arraigo Sociolaboral en España:
Guía completa 2025 Bandera españa

¿Qué es el Arraigo Sociolaboral?

El Arraigo Sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales destinada a personas extranjeras que han permanecido en España durante al menos dos años y pueden acreditar una relación laboral. Esta figura legal permite regularizar la situación administrativa de quienes han establecido vínculos laborales en el país.



Novedades del Reglamento
de Extranjería 2025

Esta nueva figura entró en vigor el 20 de mayo de 2025, con la reforma del Reglamento de Extranjería, y representa una importante novedad legal, ya que flexibiliza los requisitos en comparación con otras modalidades de arraigo anteriores, especialmente el arraigo social.


¿Qué cambia con respecto al Arraigo Social?

Tradicionalmente, la vía más utilizada para regularizarse con un contrato de trabajo era el arraigo social, que exigía tres años de permanencia continuada en España, además de otros requisitos como el controvertido informe de integración. En cambio, el nuevo arraigo sociolaboral


  • Reduce el tiempo exigido de permanencia a solo 2 años.
  • Elimina la necesidad del informe de arraigo emitido por servicios sociales.
  • Permite presentar varios contratos (concatenados o simultáneos), siempre que cumplan los requisitos de jornada y salario.


Principales características del Arraigo Sociolaboral

Duración mínima

Duración mínima en España: 2 años continuados antes de presentar la solicitud. El solicitante debe encontrarse en situación irregular, es decir, sin autorización de residencia o estancia vigente.

Oferta de empleo

Oferta(s) de empleo: Se requiere al menos un contrato, o varios, cuya duración supere los 90 días, con una jornada laboral mínima de 20 horas semanales en total y que cumplan con el SMI o el salario marcado por el convenio del sector de acuerdo al convenio colectivo.

No exige medios propios

No exige medios propios ni familiares de apoyo económico como ocurre con el arraigo social.

Autoización de residencia

Se concede una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena de 1 año, prorrogable o modificable posteriormente a autorizaciones de mayor duración (como la residencia de 4 años).




Requisitos para Solicitar el
Arraigo Sociolaboral


Para acceder a esta autorización, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:


  • Estancia continuada en España: Haber permanecido en el país de forma continuada durante al menos dos años previos a la solicitud. Las ausencias no pueden superar los 90 días en total durante este período.
  • Situación administrativa irregular: Estar en situación irregular en el momento de la solicitud, es decir, sin autorización de residencia en vigor.
  • Relación laboral: Acreditar la existencia de una relación laboral mediante uno o varios contratos de trabajo que garanticen, al menos, el salario mínimo interprofesional proporcional a la jornada trabajada, con una jornada semanal no inferior a 20 horas. La duración mínima del contrato o contratos debe ser superior a 90 días.
  • No ser solicitante de protección internacional: El tiempo transcurrido como solicitante de asilo no será computable para el período de permanencia requerido en las modalidades de arraigo.


Documentación necesaria para solicitar el Arraigo Sociolaboral

Para tramitar con éxito la solicitud del arraigo sociolaboral, es fundamental presentar una serie de documentos que acrediten tanto tu estancia en España como la relación laboral mantenida. A continuación, te detallamos la documentación obligatoria según el Reglamento de Extranjería en vigor desde mayo 2025:


  • Modelo oficial de solicitud (EX-10)
    Debe presentarse por duplicado y debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte completo
    Se debe aportar una copia íntegra y en vigor de todas las páginas del pasaporte o documento de viaje válido.
  • Empadronamiento histórico
    Es imprescindible demostrar una permanencia continuada en España de al menos 2 años. Esto se acredita mediante certificados históricos de empadronamiento (altas, bajas y renovaciones), sin perjuicio de cualquier otra documentación que acredite la permanencia continua en España durante el periodo mínimo previsto.
  • Pruebas de integración en España
    Aunque no es obligatorio en todos los casos, aportar documentos que prueben tu integración social y laboral puede ser un factor favorable. Ejemplos:
    - Certificados de cursos realizados (formación, idiomas, PRL...).
    - Actividades de voluntariado o participación en asociaciones.
  • Contrato(s) de trabajo
    Se debe acreditar una relación laboral válida, que cumpla los siguientes requisitos:
    - Contrato(s) de trabajo con duración mínima de 6 meses.
    - Jornada laboral de al menos 20 horas semanales.
    - El contrato debe ajustarse al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
    - La empresa contratante debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Certificado de antecedentes penales
    Certificado de antecedentes penales de tu país de origen o en los países donde hayas residido en los últimos 5 años (legalizado y traducido si procede).
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Proceso de Solicitud del Arraigo Sociolaboral

El proceso de solicitud del arraigo sociolaboral sigue una serie de pasos que deben cumplirse de forma ordenada y rigurosa. Con la actualización normativa puesta en vigor en 2025, se ha reforzado la transparencia del procedimiento, facilitando en algunos casos la vía judicial para acreditar la relación laboral. Estos son los pasos clave:


  • Reunir la documentación necesaria

    Antes de iniciar el trámite, asegúrate de tener todos los documentos actualizados y completos. La ausencia de cualquier requisito puede conllevar la inadmisión o denegación de la solicitud.

  • Presentación de la solicitud

    La solicitud se presenta de forma presencial o telemática ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde estés empadronado. Actualmente, la vía telemática a través de Mercurio (si se cuenta con certificado digital) es la más recomendada por su rapidez.

  • Aportación de prueba de relación laboral

    Si trabajaste de forma regular, se adjunta contrato o sentencia que reconozca la relación.

    Si trabajaste sin contrato, deberás haber denunciado la situación y presentar el acta de la Inspección de Trabajo o resolución judicial que reconozca la relación laboral encubierta.

  • Valoración por la Oficina de Extranjería

    La Oficina de Extranjería evaluará:

    - El cumplimiento de los requisitos (tiempo de estancia, documentación laboral...).

    - La existencia y validez de la relación laboral.

    - Que no existan antecedentes penales ni causas de denegación por motivos de orden público.

    - La resolución debe ser dictada en un plazo de 3 meses, ante lo cual opera el silencio administrativo negativo (en algunas comunidades la resolución puede demorar un plazo mayor).

  • Solicitud de TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)

    Una vez concedida la residencia, deberás solicitar cita para obtener tu TIE en la comisaría de Policía Nacional correspondiente.

  • Renovación

    Transcurrido el año, podrás renovar la autorización siempre que:

    - Continúes residiendo en España.

    - Tengas medios económicos o un nuevo contrato de trabajo.



Tipos de Contratos Admitidos para
el Arraigo Sociolaboral (2025)

El nuevo Reglamento de Extranjería ha clarificado los criterios relativos a los contratos de trabajo válidos para acreditar la existencia de una relación laboral en el contexto del arraigo sociolaboral. A continuación, te explicamos qué tipos de contrato son aceptados y bajo qué condiciones:


Contratos válidos para acreditar el Arraigo Sociolaboral:

  • Contratos de duración determinada o temporal

    - Se admiten siempre que su duración individual o acumulada sea superior a 90 días.

    - Se valorará positivamente la concatenación de varios contratos temporales, siempre que exista continuidad y se cumpla el requisito de duración mínima.

  • Contratos fijos-discontinuos

    - Son válidos siempre que puedan probar una relación laboral efectiva y continuada en el tiempo.

    - Deben reflejar claramente el número de jornadas trabajadas y el salario percibido.

  • Contratos de sustitución

    - También son admitidos, siempre que la duración del contrato supere los 90 días.

    - Será fundamental demostrar que durante dicho período se ha mantenido una relación laboral efectiva y remunerada.

  • Concatenación de contratos

    La suma de varios contratos (temporales, fijos-discontinuos o de sustitución) será válida siempre que en conjunto cumplan los requisitos de jornada y duración.



Requisitos cuantitativos del contrato (o suma de contratos)

Duración mínima

Duración mínima:
superior a 90 días.

Jornada laboral

Jornada laboral: el contrato, o la suma de todos ellos, debe garantizar una jornada semanal mínima de 20 horas en cómputo global.

Retribución

Retribución: la remuneración debe ser equivalente, al menos, al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o al salario fijado por el convenio colectivo aplicable.



Duración y Renovación de la Autorización

La autorización de residencia por Arraigo Sociolaboral tiene una duración inicial de un año. Al término de este período, se puede solicitar la renovación, siempre que se continúen cumpliendo los requisitos establecidos.



¿Cómo Podemos Ayudarte?

En Kubo Legal, contamos con un equipo de abogados especializados en Derecho de Extranjería que te asesorarán y acompañarán en todo el proceso de solicitud del Arraigo Sociolaboral. Nuestro objetivo es facilitar tu regularización en España de manera eficiente y segura.




  • Evaluación personalizada de tu situación.
  • Asesoramiento en la recopilación de documentación.
  • Preparación y presentación de la solicitud.
  • Seguimiento del expediente hasta la resolución.

¿Tienes dudas o necesitas más información? No dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estamos aquí para ayudarte.

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